La Justicia fijó en 14 años de prisión la condena para Oscar Andrés Cristaldo y Ezequiel José David Riquelme por el homicidio de César Lugo. La sentencia fue establecida por el juez técnico Nelson Pelliza, quien atribuyó a Cristaldo la autoría material del hecho y consideró a Riquelme partícipe primario, por lo que ambos recibieron la misma pena.

La resolución se dio a conocer este jueves durante una audiencia celebrada en la Cámara Segunda en lo Criminal de Sáenz Peña, luego de la etapa de cesura realizada el pasado 17 de septiembre. Previamente, el 11 de septiembre, un jurado popular había declarado culpables a los dos acusados.

Cómo ocurrió el homicidio

El crimen tuvo lugar el 22 de noviembre de 2024 en la vereda de una vivienda del barrio San Cayetano. Según la reconstrucción del caso, Cristaldo y Riquelme se desplazaban en una motocicleta desde la cual efectuaron disparos con un arma de fuego dirigidos contra el propietario del inmueble.

Lugo transitaba por el lugar en ese momento y fue alcanzado por los proyectiles, aunque no era el destinatario de los disparos. Las heridas sufridas le provocaron la muerte.

Los pedidos de la fiscalía y la defensa

Durante la audiencia de cesura del 17 de septiembre, la fiscal Verónica Bastos, quien intervino en el juicio por jurados, y la querella solicitaron que se impusieran 22 años de prisión a cada uno de los condenados.

Por su parte, los abogados defensores Pablo Madzarevich y Cristian Arana reclamaron la aplicación del mínimo de la escala penal prevista para el delito, que estimaron en 10 años y 8 meses de prisión.

Finalmente, Pelliza resolvió establecer una pena de 14 años para ambos acusados, por debajo de lo solicitado por la fiscalía y la querella, pero superior al mínimo reclamado por las defensas.

La sentencia puede ser apelada

Con la determinación del monto de la pena, quedó formalizada la condena contra Cristaldo y Riquelme. No obstante, la resolución puede ser cuestionada por las vías de impugnación contempladas en la legislación procesal.

Las defensas podrán recurrir ante el Superior Tribunal de Justicia del Chaco y, si no obtienen una resolución favorable, eventualmente acudir a la Corte Suprema de Justicia de la Nación, conforme a los requisitos legales correspondientes.